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Presentación
l Instituto Superior de Estudios Teológicos "San Ildefonso de Toledo" es una Institución académica de la Archidiócesis de Toledo, agregada a la Facultad de Teología "San Dámaso" de Madrid y aprobada por la Sagrada Congregación para la Educación Católica el 31 de agosto del año 2002, para la formación y la investigación en el ámbito de la Teología y demás Ciencias Eclesiásticas, particularmente la Historia de la Iglesia y Teología Fundamental.
Los estudios que pueden cursarse en este centro se ordenan en dos ciclos:
1º) El Ciclo Institucional que consta de seis cursos en los que se estudian las disciplinas fi losófi cas y teológicas que conducen al Bachillerato en Teología.
2º) El Ciclo de Licenciatura, que lo componen dos Bienios de Especialización en Teología: uno en Historia de la Iglesia y otro en Teología Fundamental.
Son fines específicos del Instituto Superior de Estudios Teológicos, además de los comunes por derecho:
I. Para el primer ciclo:
Impartir la formación teológica a los candidatos al sacerdocio de la Archidiócesis de Toledo, de otras diócesis y de Institutos de Vida Consagrada, incluidos los que no aspiran a grados académicos.
II. Para el segundo ciclo:
a) proporcionar una formación especializada en temas de Teología Fundamental e Historia de la Iglesia con una mayor atención a aspectos de la misma particularmente conectados con la Diócesis de Toledo y la Historia cristiana de España.
b) garantizar así para sus alumnos la capacitación para la docencia de la Teología Fundamental o de la Historia Eclesiástica.
RESEÑA
HISTÓRICA
Antecedentes
Desde antiguo la Iglesia se ha preocupado de la formación de sus sacerdotes. Para este fi n, en la Hispania visigoda se crearon las llamadas escuelas episcopales que encontramos documentadas en los cánones del Concilio II de Toledo celebrado el año 527. Junto a éstas también se crearon también escuelas monacales, entre las que destaca la del Monasterio Agaliense de Toledo. Los Concilios Toledanos IV, VII y IX se ocupan de desarrollar esta normativa acerca de la educación de los futuros clérigos. Durante la ocupación árabe siguen su funcionamiento, aunque con difi cultades, estas escuelas y se consigue conservar la herencia cultural, cuyo máximo exponente es la Liturgia Hispano-Mozárabe.
En la Edad Moderna, la Iglesia española, y especialmente la de la archidiócesis de Toledo, se vio urgida a una reforma en la formación y costumbre de los clérigos. En Toledo surgen una serie de Colegios donde se ofrecía una instrucción sólida a los futuros clérigos. El más importante fue el Colegio de Santa Catalina fundado en 1485 por Francisco Álvarez Zapata que fue erigido en Universidad por el papa León X en 1520. En sus trescientos veinticinco años de duración han salido de sus Facultades hombres eminentes, entre otros, Melchor Cano, el agustino Vázquez, el franciscano Medina, el B. Juan de la Concepción, D. Francisco de Quevedo, el Cardenal Aragón, D. Bernardino de Zapata, D. Antonio Covarrubias y D. Juan de Los Tueros, Arzobispo de Burgos. Junto a este Colegio, la diócesis contaba con otros centros de formación como el Colegio de San Bernardino (fundado por Bernardino Zapata de Herrera en 1581), el Colegio de Infantes (fundado por el Cardenal Silíceo a mediados del siglo XVI) y el Colegio de San Eugenio (fundado por el Cardenal Quiroga en 1583). En 1742 se creó la Academia de Santo Tomás en el convento de San Pedro Mártir.
Seminario Conciliar San Ildefonso
El año 1807 un real decreto del rey Carlos IV tomaba la resolución de suprimir, entre otras, la Universidad de Toledo, pero este no se hizo efectivo hasta el triunfo liberal del año 1820 que causó la suspensión de la actividad académica durante los años 1821-23. Luego volvió a abrirse la Universidad pero por poco tiempo, pues, el 25 de septiembre del 1845 se aplica la reforma de Moyano por la que quedan suprimidas defi nitivamente las universidades de Toledo y Alcalá y se centraliza la enseñanza superior en la Universidad Central de Madrid.
Esta situación llevó al Cabildo Primado (la diócesis estaba en situación de Sede Vacante) y a la reina Isabel II a impulsar la erección del Seminario Conciliar de Toledo para la formación del clero. En 1847, la reina Isabel II fi rmaba la real Orden de erección del Seminario Conciliar de San Ildefonso que se albergó en el convento de los Padres Carmelitas. El año 1851, el Estado Español en virtud del Concordato con la Santa Sede elevó el Seminario Conciliar a categoría de Universidad en la que se podían obtener los grados de bachiller, licenciado y doctor en Filosofía, Teología y Cánones.
Cuando el Cardenal Payá y Rico tomó posesión de la archidiócesis de Toledo el año 1886, decidió continuar las obras del edificio que ya había comenzado a construirse en 1831, en tiempos del Cardenal Inguanzo, y que estaban inconclusas. Éstas quedaron fi nalizadas en el año 1889 y el inmueble actual se inauguró el 29 de septiembre del mismo año.
En 1931 el Papa Pío XI promulgó la Constitución Deus Scientiarum Dominus por la que se suprimían un cierto número de Universidades en la Iglesia entre ellas la del Seminario. Por lo que el Seminario volvía a ser un centro de formación sacerdotal sin posibilidad de otorgar títulos académicos.
Durante la Guerra Civil española de 1936 se produjeron numerosos daños en el edifi cio del Seminario. El Cardenal Pla y Deniel emprendió la tarea de reconstrucción y de mejora del inmueble construyendo, además, una nueva capilla que se inauguró solemnemente el año 1950.
Estudio Teológico San Ildefonso, afiliado a la Facultad del Norte de España. Sede Burgos
En tiempos del Cardenal González Martín, se reguló la enseñanza académica y se vinculó el Seminario como Estudio Teológico a la Facultad de Teología del Norte de España —sede de Burgos—, siendo aprobada la afi liación por decreto de la Sagrada Congregación para la Educación Católica el 10 de mayo de 1976. Además, creó el Instituto de Estudios Visigóticos Mozárabes de San Eugenio, como fruto del I Congreso Internacional de estudios mozárabes, al que han seguido otros dos Congresos Internacionales los años 1985 y 1989.
Jornadas inolvidables fueron la visita de la Beata Teresa de Calcuta que dirigió unas palabras a los seminaristas en septiembre de 1982 y la visita del Santo Padre, Juan Pablo II, el 4 de noviembre de 1982. Su recuerdo permanece en la lápida conmemorativa en el presbiterio de la Capilla del Seminario.
Instituto Superior de Estudios Teológicos San Ildefonso, agregado a la Facultad de Teología San Dámaso de Madrid
El Cardenal Francisco Álvarez Martínez dedicó sus esfuerzos para conseguir que el Estudio Teológico se convirtiera en Instituto Superior de Estudios Teológicos, agregado a la Facultad de Teología "San Dámaso" de Madrid, con la posibilidad de ofrecer la licenciatura en Teología con la especialización en Historia de la Iglesia. El 31 de agosto de 2002 la Congregación para la Educación Católica (para los Seminarios y Universidades) concede la agregación siendo designado el Centro como Instituto Superior de Estudios Teológicos San Ildefonso. Durante su pontifi cado, en mayo de 2001, se inauguran las nuevas instalaciones de la Biblioteca, y se hace un proyecto de reforma del edifi cio del Seminario Mayor.
Por su parte, el Cardenal Cañizares Llovera, desde su toma posesión de la Archidiócesis el 15 de diciembre de 2002, ha consolidado el nuevo Instituto Superior de Estudios Teológicos con la creación de las seis primeras cátedras y formación defi nitiva de los órganos de gobierno. Además ha erigido el Instituto Superior de Ciencias Religiosas para la formación de religiosos y laicos, agregado a la Facultad de Teología San Dámaso de Madrid, aprobado por la Congregación para la Educación Católica el 11 de julio del 2005. También se ha preocupado de acometer las obras de reforma del edifi cio del Seminario Mayor "San Ildefonso", que fueron inauguradas en mayo del 2006.
En agosto de 2007 nuestro Instituto Teológico San Ildefonso fue agregado por otro quinquenio a la Facultad de San Dámaso y en agosto de 2008 fue aprobado un nuevo bienio de especialización, en este caso, en Teología Fundamental.
El 23 de Enero del 2010 el actual Presidente, el Arzobispo de Toledo, D. Braulio Rodríguez Plaza, junto con el Presidente del Instituto Internacional del Corazón de Jesús, el obispo de Cáceres D. Francisco Cerro Chaves han creado el Aula de Teología desde el Corazón de Cristo, vinculada a nuestro Instituto.
Personalidades en nuestro Centro
Han estudiado o han impartido clases en nuestro Centro de Estudios el actual arzobispo de Granada y Oviedo y los obispos de Orihuela-Alicante, Tarrasa, Córdoba, San Sebastián, Coria- Cáceres y Segovia y el auxiliar de Tarrasa, en España, el obispo de Puerto Escondido, en México, el obispo prelado de Moyabamba, en Perú, el obispo de Cienfuegos (Cuba) y los eméritos de Oviedo, Albacete, Ciudad Real, Málaga y Guadix.
Además, varios de sus alumnos y profesores han sido declarados Beatos (todos ellos después de sufrir martirio en la persecución religiosa de los años treinta [los abajo citados murieron entre julio y octubre de 1936]): entre ellos, el Beato Pedro Ruiz de los Paños, toledano y Superior de la Hermandad de Sacerdotes Operarios Diocesanos junto con los Beatos José Sala Picó, rector del Seminario Menor y Guillermo Plaza Hernández (Beatifi cados en Octubre de 1995); y el Beato Justino Alarcón Vera (Secretario de estudios del Seminario Mayor y Profesor de Lógica, Metafísica, Cosmología, Psicología y Teodicea) junto con los Beatos Ricardo Pla Espí (Profesor de Derecho Canónico), Liberio González Nombela y Francisco López-Gasco y Fernández-Lago (que habían sido profesores de Latín en el Seminario Menor), Saturnino Ortega Montealegre (primer rector del Seminario Menor de Talavera) y los Beatos Miguel Beato Sánchez y Francisco Maqueda López (alumnos del Seminario, el primero terminó el año 1936 y el segundo era subdiácono cuando dio su vida por Cristo).
AUTORIDADES
ACADÉMICAS
Presidente
Arzobispo de Toledo, Primado de España
Director
Vice-Director
Secretario General
Dr. D. Francisco María
Fernández Jiménez |
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Comisión de Gobierno
Director
Vice-Director
Secretario General
Representantes de los profesores numerarios
Representante de los profesores adjuntos a cátedra
Rector del Seminario Conciliar San Ildefonso
Junta de Instituto
Director
Coordinador del Bienio
Secretario General
Profesores numerarios
Representantes de los profesores adjuntos a cátedra
Rector del Seminario Conciliar San Ildefonso
Representante de los alumnos
Claustro Académico
Presidente del Instituto
Profesores numerarios
Profesores adjuntos a cátedra
Rector del Seminario Conciliar San Ildefonso
Rectores de los Seminarios y Casas de Formación
Representantes de los alumnos
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Directores de los
Departamentos |
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Filosofía y Humanidades:
Dr. D.Juan Carlos García Jarama |
Teología Sistemática:
Dr. D. Enrique Rico Pavés |
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Teología Positiva e Historia de la Iglesia:
Dr. D. José Ramón Díaz Sánchez-Cid |
Teología Práctica:
Dr. D. Alfonso Fernández
Benito |
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Equipo Directivo de Publicaciones y de la Revista del Instituto
Superior |
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Director
Dr. D. Luis Gahona Fraga
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Consejo de Dirección |
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Lic. D. Julio Alonso
Ampuero
Dr. D. Alfonso Fernández
Benito
Dr. D. Ángel Fernández
Collado
Dr. D. Juan Miguel Ferrer
Grenesche
Dr. D. José Martín
Saavedra
Dr. D. Eduardo Vadillo Romero |
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Secretario
Dr. D. Francisco María
Fernández Jiménez |
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Secretaría: |
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Secretario General
Dr. D. Francisco María
Fernández Jiménez |
Oficiales de Secretaría
Dª. María José Aparicio Úbeda
D. Fernando Lancha Mora
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Bibliotecario de la
Biblioteca Arzobispal
Dr. D.
Eduardo Vadillo Romero
Auxiliar de Biblioteca
Dª.
María Almudena Fernández Domínguez |
Administración:
Administradores
Dr. D. José Rico Pavés
Dr. D. Francisco María Fernández Jiménez
Oficial de Administración
D. Pedro Caballero García |
NORMAS
GENERALES.
1.
CONDICIONES PREVIAS DE ADMISIÓN
1.1. Para el ciclo Institucional
Para ser alumno ordinario del Instituto Teológico se
requiere haber concluido los estudios exigidos para el ingreso en la
Universidad española, o en la del país de origen del alumno, en el
caso de alumnos extranjeros[1].
Además permiso del Ordinario, o en el caso de los candidatos al
Sacerdocio, presentación del Rector de su Seminario o Casa de
Formación.
Como alumno extraordinario pueden matricularse
aquella persona que, a juicio del Director, posea una preparación
adecuada para seguir los estudios con aprovechamiento, aunque no
tendrá derecho a títulos académicos[2].
Serán alumnos extraordinarios sólo aquellos que son candidatos al
sacerdocio[3],
con los mismos requisitos de presentación que los alumnos
ordinarios.
Como alumno oyente se podrá inscribir quienes, a
juicio de la dirección del Instituto, puedan seguir las clases con
aprovechamiento[4].
No podrán superar el veinte por ciento de los alumnos[5].
1. 2. Para el ciclo de Licenciatura.
Para iniciar el ciclo de Licenciatura es preciso haber cursado el
Ciclo Institucional y haber obtenido el título de Bachiller en
Teología.
Los trámites para la matrícula son los siguientes:
a)
Entrevista con el Sr. Director
Tras revisar el expediente, realizar la matrícula en
los plazos establecidos.
2.
MATRICULACIÓN
1.
La matrícula deberá formalizarse en las fechas señaladas en el
calendario fijado por Secretaría de Alumnos.
2.
Los alumnos pueden matricularse como alumnos ordinarios,
extraordinarios y oyentes[6].
3.
Los alumnos no podrán realizar ningún examen con valor académico
antes de haber formalizado la matrícula.
4.
La formalización de la matrícula requiere que todos los alumnos
presenten debidamente cumplimentados todos los impresos y demás
documentos; en caso contrario, la Secretaría dejará en suspenso la
matrícula, incluidas las consecuencias económicas que de ello se
deriven. Debe presentar:
― Solicitud de matrícula en el impreso facilitado por Secretaría.
― Comprobante del pago.
― Si pertenece a un Instituto Religioso o es seminarista,
autorización para matricularse expedida por el Rector o Superior
correspondiente.
― Si no tiene carnet, una fotografía pegada al mismo
Para los nuevos:
― Fotocopia del DNI. o pasaporte
― Certificado de estudios realizados (examen de la PAU, título
universitario…)
― Dos fotografías: una pegada en el carnet
― Autorización del Ordinario o del Sr. Rector del Seminario o de las
casa de Formación Sacerdotal.
3.
CONVALIDACIONES
1.
Cuando un alumno solicite que el Instituto Teológico “San Ildefonso”
le convalide estudios realizados en otro centro, deberá rellenar la
solicitud de convalidación que podrán adquirir en Secretaría y que
entregarán junto al sobre de matrícula de los estudios que vayan a
realizar.
2.
En ese impreso se debe pedir la convalidación de aquellas
asignaturas del plan de estudios del Instituto Teológico que ―a
juicio del alumno― coinciden con las que ya ha cursado en otros
Centros. Deberá indicar en cada caso la asignatura que solicita
convalidar en este Instituto y la que presenta de otro Centro,
especificando los créditos correspondientes.
Se debe incluir en la solicitud un certificado
completo de las asignaturas que han cursado. El certificado debe ser
oficial ―o fotocopia compulsada― y en él se deben reflejar las horas
cursadas.
Así mismo, deberá adjuntar en la documentación el
programa ―debidamente autentificado― de la asignatura realizada.
3.
Cuando el Centro de Estudios de origen sea eclesiástico y no sea
español, se deberá entregar también un certificado de la Conferencia
Episcopal ― o equivalente― de tal país acreditando el rango académico
de dicho Centro.
4.
La matrícula en este Instituto habrá de realizarse en el plazo
indicado para todos los alumnos con independencia de la resolución
de las convalidaciones. El alumno no habrá de matricularse en las
asignaturas de las que ha solicitado convalidación. En caso de que
alguna de ellas no fuese convalidada por la Comisión de
Convalidaciones, el alumno ― podrá ampliar la matrícula
posteriormente, en un plazo no superior a una semana― a partir de la
publicación de la resolución de las convalidaciones.
-
La Comisión de Convalidaciones se regirá por las siguientes
normas:
-
Sólo serán admitidas las solicitudes debidamente
cumplimentadas y que aporten la documentación requerida.
-
Sólo serán susceptibles de ser convalidados los estudios de
rango universitario.
-
Cuando una asignatura está integrada por varias unidades
temáticas claramente diferenciadas, éstas podrán ser
convalidadas por separado. En cambio, no podrá convalidarse
nunca sólo una parte de una unidad temática.
-
El número de créditos exigido para la convalidación de una
asignatura ha de ser al menos ¾ de la carga lectiva que su
correspondiente posee en el Instituto.
4.
PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN LAS TAREAS DEL INSTITUTO
1. A
todos los alumnos les asiste el derecho de participar en el Claustro
de Profesores y en la Junta, a través de sus delegados[7],
presentar sugerencias y formular quejas ante las autoridades del
Instituto, a recibir una adecuada enseñanza a tenor de la
programación del Instituto y al uso de la Biblioteca[8];
así como están obligados a observar una conducta que facilite la
actividad docente, a asistir a las clases y a los actos académicos
generales del Instituto
2.
En el primer trimestre del curso, el sr. Director convocará
elecciones[9]:
Los alumnos elegirán, de entre los alumnos
ordinarios, sus propios delegados:
― Uno por
curso, elegido por todos los alumnos del curso correspondiente.
― Dos por
el ciclo institucional, elegidos unos entre los delegados de los
tres primeros cursos y por ellos mismos, otro entre los delegados de
los tres últimos cursos y por ellos mismos; y uno por los delegados
del ciclo de Licenciatura y por ellos mismos, que formarán parte del
Claustro Académico.
― Un
delegado elegido de entre los delegados de claustro y por ellos
mismos para la Junta del Instituto.
3.
La asistencia a clase es obligatoria[10].
Exceder en una materia el límite máximo tolerado de ausencias (un
tercio de clases o sesiones de Seminarios) impide la admisión a las
correspondientes pruebas de evaluación. En casos excepcionales, la
Comisión de Dirección podrá eximir en todo o en parte, de la
escolaridad de alguna asignatura. La exención total o parcial debe
solicitarse, junto con la matrícula, en Secretaría y lleva consigo
el cumplimiento de las exigencias correspondientes.
4.
La asistencia a los actos académicos que apruebe la Junta de
Gobierno se considera también obligatoria[11].
5.
Todos los alumnos se comprometen a dedicar un tiempo suficiente al
estudio personal, que incluye consultas de bibliografía, lecturas
dirigidas, redacción de síntesis y, eventualmente, sesiones de
trabajo fuera del horario académico habitual[12].
5.
EXÁMENES Y CALIFICACIONES
1. Todo alumno
dispondrá de dos convocatorias ordinarias de examen para cada
asignatura del sexenio en Teología y del Bienio de Licenciatura.
a.
La no presentación a un examen conlleva agotar dicha convocatoria.
b. Todo alumno podrá
anular la convocatoria, por causa grave a juicio del Rector o
Superior del Seminario o casa de formación donde resida
solicitándolo oficialmente a la secretaría de la Instituto. En caso
de no residir en ningún centro de este tipo, con el visto bueno del
Director del Instituto. Cada anulación afectará únicamente a una
convocatoria.
c.
Los plazos para la anulación de convocatoria serán anunciados
oficialmente en el tablón de anuncios de la Secretaría.
d.
La anulación de convocatoria no conlleva la devolución de las tasas.
e.
Los alumnos que no figuren en los listados oficiales, o los que sean
oyentes, o los que no hayan cursado la escolaridad mínima, no podrán
ser admitidos a examen.
f.
En el bienio de licenciatura no podrán anularse convocatorias, salvo
dispensa del Presidente
2
Agotadas las dos convocatorias, el alumno podrá presentarse a una
tercera convocatoria extraordinaria, abonando las tasas
correspondientes.
3
En caso de que el alumno no apruebe ninguna de las tres
convocatorias el alumno podrá solicitar oficialmente al Director del
Instituto una cuarta y, en su caso, una quinta convocatoria, para
las que se habrán de abonar en cada caso las tasas correspondientes[13].
La Comisión de Dirección determinará los miembros que componen el
tribunal.
4
Los exámenes se realizarán en las fechas anunciadas
públicamente por la secretaría del Instituto, al menos un mes antes,
y dentro de los plazos aprobados previamente por la Comisión de
Dirección[14].
a.
En caso de que, por causas justificadas, un alumno no pueda
realizar, por causa grave, el examen en la fecha anunciada,
solicitará por escrito a la secretaría el cambio de fecha con, al
menos, veinte días naturales de antelación antes del comienzo del
primer día de examen. Si se aceptara dicha petición, la nueva fecha
será fijada por la secretaría antes del comienzo de los exámenes.
b.
Los profesores por propia iniciativa, salvo expresa
aprobación del Director, no podrán convocar un examen fuera del
plazo oficial, exceptuando los exámenes parciales que pueda poner.
5.
Los profesores están obligados a asistir personalmente al examen.
Aquellos que, con causa grave y con el visto bueno del Director, no
puedan asistir a la realización de su examen lo comunicarán
oficialmente a la Secretaría con, al menos, quince días de
antelación, junto con el nombre del profesor sustituto.
6
Los exámenes del sexenio teológico en la primera convocatoria serán
orales o escritos, y en las restantes, escritos, a menos que el
alumno que, por razones objetivas así lo juzguen necesario, solicite
al Sr. Director del Instituto la celebración oral de un examen
escrito. La Comisión de dirección establecerá las asignaturas que
tienen exámenes orales y las que lo tienen escrito.
7
Para los exámenes orales se formara un tribunal de dos profesores
que pertenecerán, si es posible, al mismo departamento de la
asignatura examinada. Lo presidirá el profesor de la asignatura. El
alumno tendrá un máximo de quince minutos para desarrollar el tema
que le ha tocado exponer y contestar a las preguntas de los
profesores. La nota se pondrá entre los dos miembros del tribunal:
el profesor titular pondrá una nota con un valor del 60%, teniendo
“en cuenta los exámenes parciales, el aprovechamiento global del
curso y todos aquellos elementos que permitan una evaluación
continuada”[15];
y el profesor acompañante juzgará la exposición oral en forma y
contenido.
8.
Para los exámenes escritos los alumnos dispondrán de un
tiempo máximo de dos horas.
9.
Los alumnos se examinarán en los exámenes finales de todo el
contenido de la asignatura.
10 Las
calificaciones de los exámenes se expresarán en actas oficiales,
entre 0 y 10 (admitiéndose también las fracciones de medio punto):
de 0 a 4’5, suspenso; de 5 a 6’5, aprobado; de 7 a 8’5, notable, de
9 a 10, sobresaliente. En caso de examen brillante el 10 puede ser
Matrícula de Honor[16].
11 Los
profesores deberán entregar las notas en la secretaría dentro de las
fechas que Secretaría comunique. Una vez entregada el acta,
cualquier modificación deberá contar con la firma del Secretario
General.
12 Los
alumnos dispondrán de siete días naturales, después de la
celebración del examen, para presentar recurso en caso de que hayan
advertido alguna irregularidad en el mismo. Será el Director, en
primera instancia, quien resuelva dicho recurso en el plazo de diez
días naturales.
13 Los
alumnos podrán solicitar en secretaría la revisión de la nota de su
examen por el profesor durante los tres días laborables posteriores
a la fecha límite de entrega de notas a la Secretaría.
a.
Los profesores deberán conservar los exámenes durante los
tres días laborables después de la fecha oficial de entrega de notas
por si algún alumno requiriese su revisión.
b.
El profesor indicará a la secretaria del Instituto junto a su
entrega de notas el día y la hora en la que atenderá las revisiones
de notas, o en su defecto, el procedimiento que habrán de seguir los
alumnos que lo soliciten.
c.
Una vez pasado dicho plazo, los profesores entregarán a la
secretaría los exámenes, que serán custodiados hasta la siguiente
convocatoria.
14 En
segunda instancia, si persistiera la disconformidad del alumno, éste
podrá recurrir al Director en los tres días hábiles posteriores a la
revisión del examen. El Director, oído el profesor y una comisión de
profesores por él designados, resolverá definitivamente.
6.
EXAMEN DE GRADO[17]
A. BACHILLERATO EN TEOLOGÍA
1.
Para acceder al Bachillerato en Teología
tiene el alumno que tener aprobadas todas y cada una de las
asignaturas del Ciclo Institucional, además de los requisitos que se
le exigieron para ser alumno ordinario.
2.
Para examinarse en la convocatoria de Junio hay que haber terminado
todos los estudios en Mayo. No se adelantarán exámenes de materias
de cursos anteriores a sexto para hacer este examen.
3.
El Examen de Bachillerato consta de dos pruebas:
En la prueba escrita, el alumno elegirá uno de los tres temas
extraídos por sorteo para todos los alumnos y lo escribirá durante
un máximo de tres horas.
En la prueba oral, el alumno se examinará de cuatro temas
entresacados para él por sorteo ante un tribunal de cuatro
profesores y dispondrá de una hora para prepararlo y otra para
prepararlo.
B. LICENCIATURA EN
TEOLOGÍA
1.
La Licenciatura constituye el Segundo Ciclo de estudios del
Instituto Teológico san Ildefonso. Este
reglamento desarrolla y completa el artículo 65 y 74 de los
Estatutos, donde se hallan las normas básicas sobre la licenciatura.
2.
Requisitos de matriculación: Sólo podrán matricularse en la
licenciatura aquellas personas que sean bachilleres en Teología. El
Ciclo de Licenciatura tiene una duración de dos años pudiéndose
realizar en un máximo de seis, a los que puede añadirse un séptimo
año de gracia, previa aprobación por Sr. Director. En caso de
superar dicho plazo, el alumno habrá de completar sus estudios con
los requisitos que indique la dirección del Instituto.
3
Cursos de licenciatura: El alumno que se inscriba al Bienio de
Licenciatura, seguirá el currículo propio de la especialidad de
Teología (Historia de la Iglesia); pero podrá configurar libremente
la asignaturas optativas con asignaturas de otras especialidades que
se imparten en la Facultad de Teología de san Dámaso, siempre y
cuando los horarios lo permitan. No están previstas dispensas de
escolaridad.
4.
La Comisión de Dirección determinará cuál es el plan de asignaturas
y cursillos del Bienio y cuáles de estas son obligatorias y cuáles
optativas.
5.
La asistencia a Congresos, Semanas de Teología y otras actividades
análogas, podrá recibir valor académico a juicio de la Comisión de
Dirección y ser tenida en cuenta para el currículo personal.
6.
Inscripción del tema de Memoria y Director de la misma: Como trabajo
final de ciclo, el alumno elaborará una Tesina, dirigida por alguno
de los profesores del Instituto Teológico o por algún profesor
Estable de Facultad de Teología “San Dámaso”, según el reglamento
del profesorado, y en la que presentará un tema según la metodología
científica.
7.
Memoria se hará en forma de un trabajo escrito de carácter
monográfico donde se demuestre las aptitudes y preparación
metodológica del alumno para la investigación teológica.
8.
En el mismo momento de la matrícula, o durante la Licenciatura,
deberá hacerse la solicitud del tema de tesina, así como la
propuesta de Director para la misma. Dicha solicitud deberá ser
aprobada por el Director.
9.
Entre la inscripción del tema de la memoria de Licenciatura y su
entrega oficial para la defensa, debe mediar un plazo mínimo de un
año. El límite máximo de este plazo es de cinco años, prorrogable
por otro más, previa solicitud al Director.
10. Para
realizar esta inscripción es preceptiva la aprobación del Director
de la tesina.
11. Los alumnos
elegirán libremente a un profesor del Instituto o de la Facultad
“San Dámaso” como Director de dicho trabajo; si el Director no
fuera un profesor del Instituto o de la Facultad se asignaría un
tutor de la memoria por parte del Instituto antes de comenzar dicho
trabajo. El Director -y, en su caso, el tutor- está obligado a
asistir al alumno en todos los estadios de la elaboración de la
Memoria de Licenciatura.
12. Una vez
entregados 5 ejemplares de la Tesina en Secretaría, una con el visto
bueno del Director de la misma, y formalizada la matrícula para la
defensa, el Director del Instituto asignará un profesor como Censor
de la Memoria de Licenciatura que habrá de conocer y valorar como
apto o no apto dicho trabajo antes de su presentación al examen.
Este dictamen por parte del Censor se realizará por escrito, quince
días después de recibirla.
13. En caso de
ser juzgada no apta por el Censor, el alumno corregirá la Memoria
atendiendo a las indicaciones que se le hayan hecho. Si por segunda
vez la Memoria es calificada como no apta, se nombrará un segundo
Censor que confirme o, en su caso, admita la Memoria a examen.
14. La defensa
de la Tesina tendrá una duración de 60 minutos, de los cuales el
alumno expone su trabajo en 20 o 25 minutos, y, a continuación, el
tribunal iniciará un debate con el alumno. Además del Director de la
tesina, el Censor y el Presidente del Tribunal, nombrado por el
Director del Instituto, el Tutor podrá estar presente en el examen y
en la deliberación de su calificación, con voz y sin voto.
15. Las
calificación de la Tesina: el Tribunal juzgará la calidad del
trabajo presentado, así como la exposición y la defensa del mismo,
dando una calificación diferente para cada uno de los dos aspectos:
el trabajo realizado, por un lado, y la exposición y defensa del
mismo, por otro.
16. Las actas
firmadas por el Tribunal reflejarán las calificaciones oportunas y
deben entregarse en Secretaría.
17. La nota
final de la Tesina se obtendrá de la suma de los siguientes
porcentajes: nota del expediente 25%, nota de la Defensa 25%,
valoración del trabajo de la Tesina por el Director 25%, valoración
del Trabajo de Tesina por el Censor 25%.
[1]
Art. 51 de los
Estatutos
[2]
Art. 53, I de
los Estatutos
[3]
Art. 5, I, a
de los Estatutos
[4]
Art. 53, II de
los Estatutos
[5]
Art. 54 de los
Estatutos
[6]
Véase punto 1
de este reglamento
[7]
Art. 58, b de
los Estatutos
[8]
Art. 57 de los
Estatutos
[9]Art.
59 de los Estatutos
[10]Art.
69 de los Estatutos
[11]Art.
60 a de los Estatutos
[12]Art.
60 d de los Estatutos
[13]Art.
73 de los Estatutos
[14]Art.
61 de los Estatutos
[15]
Art. 72 de los
Estatutos.
[16]
Art. 75 de los Estatutos
|